Adhesiones provinciales a la ley 26.363

PROVINCIA INSTRUMENTO Nº OBSERVACIONES
RIO NEGRO LEY 4325 Adhiere la ley en todos sus términos.
NEUQUEN LEY 2647 Hace expresa reserva de jurisdicción, legislación,
ejecución y control de las competencias que le corresponden constitucionalmente
MISIONES D-30763/08  
LA PAMPA LEY 2443  
LA RIOJA LEY 8276  
JUJUY LEY 5577  
FORMOSA LEY 1521 Se adhiere a la presente ley y a las modificaciones de la ley 24.449 en el mismo instrumento.
CORRIENTES LEY 5910  
CHACO LEY 6241 Se adhiere a la presente ley y a las modificaciones de la ley 24.449 en el mismo instrumento.
CHUBUT    
CATAMARCA Ley 05285 Hace expresa reserva de los art. 25 (último párrafo) y 26 (inc 8) y correlativos que se refieran a la delegación de facultades de auditar, controlar y sancionar a los municipios. Hace reserva de la competencia respecto de la función de control y prevención de transito.
C.A.B.A. LEY 3134 Adhiere al régimen establecido por la ley 26363. Hace reserva de todo  cuanto se oponga al Código de transito y transporte, el Régimen de Faltas, el Código Contravencional y sus respectivas modificaciones y ampliaciones.
SALTA Ley 7553  
SAN JUAN Ley 7900  
SANTA CRUZ Ley 3033 Se adhiere a la ley nacional y modifica los artículos 3 y 3bis de la Ley provincial 2417
SANTIAGO DEL ESTERO Ley 6904  
TUCUMAN Ley 8084 Se adhiere a la presente ley y a las modificaciones de la ley 24.449 en el mismo instrumento.
TIERRA DEL FUEGO   Se adhiere a los términos de la ley nacional y modifica los artículos 1 y 2 de la Ley provincial 376

 
Adhesiones provinciales a la ley 24.449
 

PROVINCIA INSTRUMENTO Nº OBSERVACIONES

 

BUENOS AIRES LEY 13927 Adhiere la ley en el marco de la ley provincial
TUCUMAN Ley 6836 Adhiere a la ley apartándose del permiso que esta otorga a los transportes cañeros para circular en el ámbito provincial y el uso de luces en la vía publica, y modifica numeroso artículos de la ley provincial 7154 y 7988
CORDOBA   Tiene ley provincial de Transito Nº 8560
TIERRA DEL FUEGO Ley 376 Adhiere a los títulos I, II, III y IV, excepto el articulo 26, V y VI de la ley nacional 24449. Deroga la ley provincial 100
RIO NEGRO Ley 2942 Adhiere al régimen de la Ley Nacional Nº 24449 y demás disposiciones complementarias, modificatorias o reglamentarias de la misma, en
cuanto sean de aplicación pertinente en jurisdicción del Estado Provincial y de
acuerdo a la presente ley. Sin embargo agrega a las definiciones del art 5º, dos definiciones mas: triciclomotor y cuatriciclomotor.
SALTA Ley 6913 Adhiere a la ley nacional 24.449
SAN JUAN Ley 6684 Adhiere íntegramente a lo establecido por la ley 24.449 y sus modificatorias, derogando toda disposición en contrario.
SAN LUIS Ley 5068 Adhiere a la ley nacional 24449 en todo lo que no sea incompatible con la ley provincial de transito.
SANTA CRUZ Ley 2417 Adhiere a la ley 24449 y su reglamentación.
SANTA FE    
NEUQUEN Ley 2178 Adhiere a la ley 24.449 y su decreto reglamentario 779/95, haciendo expresa reserva en materia de jurisdicción, legislación, ejecución y control de las competencias que le corresponden a la provincia y a los municipios.
SANTIAGO DEL ESTERO Ley 6283  
LA RIOJA Ley 6168 Adhiere íntegramente a la ley y su decreto reglamentario, derogando en ese acto las leyes provinciales que se opongan a la misma.
MISIONES Ley 3211 Adhiere a la ley 24449 desde el titulo I al titulo IX, modificando tres artículos referidos a: la determinación de la edad en que opera la reducción de la validez de las licencias y el periodo de duración de las mismas (art.13 inc a); de los requisitos para la obtención de la licencia (art 14 inc a); y respecto de los datos que deben figurar en la licencia (art 15 inc f)
LA PAMPA Ley 1713 Adhiere a la ley 24449 y su decreto reglamentario 779/95, en cuanto no se opongan a las disposiciones de la ley provincial, e introduciendo modificaciones en los siguientes artículos: 5, 41, 45, 51, 72, 82. La presente adhesión no comprende los textos observados por el Poder Ejecutivo Nacional en el decreto 179/95
JUJUY Ley 4870 Adhiere a la ley 24449 con las salvedades dispuestas en el decreto 179/95
ENTRE RIOS Ley 8963 Adhiere a la ley nacional 24449, al decreto reglamentario títulos I a VIII con las observaciones formuladas por el Poder Ejecutivo, introduciendo, la presente ley de adhesión, modificaciones en numerosos artículos.
FORMOSA Ley1150 Adhiere a la ley nacional 24449
  Ley 1503 Aprueba el Reglamento de Transito y Seguridad Vial y adhiere la provincia a los anexos A a U del decreto 779/95. Deroga la reglamentación del decreto ley 405/69
CORRIENTES Ley 5037 Adhiere la provincia a la ley 24449 con las observaciones del decreto 179/95; exceptuando de la adhesión, los artículos 2, 27 ult. párrafo, 29 inc. I, 85 ult. párrafo, 91 inc 1 y 4; y 93
CHUBUT Ley 4165 Adhiere íntegramente a los títulos I a VIII la ley
CHACO Ley 4488
 
 
 
Dto 1881/98
Ley 4933
Adopta como Régimen de Transito y Seguridad Vial, la ley nacional 24449 y su decreto reglamentario 779/95, títulos I al VIII y I al III de la presente ley.
Reglamenta algunos artículos de la ley 4488
Modifica el art10, titulo III de la ley 4488, referido al uso obligatorio de las luces bajas.
CATAMARCA Ley 4909
Dto 956
Adhiere a la ley nacional 24449
Se tiene por ley la precedente sanción.