El nuevo Registro Nacional Sanitario de Medios de Transporte de Animales Vivos fija para la habilitación especificaciones técnicas sobre las condiciones de embarque y transporte.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) fijó nuevos requisitos técnicos para la habilitación sanitaria de los medios de transporte de animales vivos. Estos requisitos establecidos por el organismo son obligatorios para las nuevas habilitaciones. A su vez, los transportes que hoy están habilitados por la Resolución Senasa Nº 97/99 tienen un plazo para su adecuación de 180 días corridos, a partir del 22 de diciembre de 2014, fecha en la fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 581/2014.

De esta manera, se crea un nuevo Registro Nacional Sanitario de Medios de Transporte de Animales Vivos y establece para la habilitación nuevas especificaciones técnicas sobre condiciones de embarque y transporte.

En cuanto a la habilitación sanitaria, el nuevo registro informa que se realizará en las oficinas del Senasa y en los Servicios de Inspección Veterinaria (SIV) de cualquier jurisdicción del país. El trámite debe finalizarse en el mismo lugar donde se haya iniciado. La habilitación tendrá validez de un año.

Por otra parte, los vehículos destinados al transporte de animales vivos deberán estar diseñados y construidos de manera que los animales puedan ser embarcados y desembarcados fácilmente, evitando todo tipo de deterioro. Deben contar con espacios de aireación que disminuyan las condiciones adversas del clima y permitan el bienestar de los animales en el transporte; superficies interiores y exteriores lisas, sin grietas ni roturas, fáciles de lavar y desinfectar; pisos, paramentos, puertas, laterales, zócalos y protección acordes a la especie que se transporta.

Un mismo transporte no podrá llevar animales vivos y, alternativamente, otro tipo de cargas. El registro también establece una tabla de referencia que estipula el límite máximo para la carga (número de cabezas permitidas según especie, categoría, clasificación o peso vivo) en condiciones óptimas, según la superficie disponible en cada medio de transporte.

Además, se fijan las condiciones para los vehículos extranjeros que transporten animales importados y/o en tránsito por el territorio nacional, desde el punto de frontera de ingreso a la Argentina hasta las instalaciones cuarentenarias autorizadas/habilitadas por el Senasa.

El presidente de la Asociación Argentina de Transportadores de Hacienda (Aatha), Sergio Gerónimo Borgo, afirmó que “la Resolución en cuestión viene a establecer condiciones concretas y únicas para el transporte de animales vivos en todo el territorio nacional, unificando criterios con el objetivo de establecer reglas claras para todo el sector”.

En colaboración

El directivo también destacó que el dictado de la presente Resolución contó con la colaboración de Aatha y de la Cámara Argentina de Fabricantes de Acoplados y Semirremolques (Cafas) “al trabajar de manera conjunta junto a Senasa, en la búsqueda de alternativas para un mejor transporte de animales vivos, en beneficio de la sociedad en su conjunto”.

Por su parte, Pablo Sola, vicepresidente de Cafas, agradeció por “habernos tenido en cuenta para formar parte de esta discusión y de esta nueva norma. Somos quienes fabrican las unidades por lo cual nos han escuchado y hemos podido dar nuestras inquietudes y experiencia”.

“Básicamente esta nueva norma nos facilita una mayor estandarización del producto. Antes estaba librado a la decisión de cada cliente. Hoy queda un poco más acotado en cuanto a sus especificaciones técnicas. Para nosotros es un beneficio”, agregó.

Por su parte, Borgo recordó que la flamante Resolución no “hubiera sido posible sin la colaboración valiosa y extraordinaria de quienes hacen del transporte de animales vivos con mucho profesionalismo, su medio de vida”.

También agradeció “a todos aquellos que colaboraron desde el primer dí: a nuestra entidad madre, FADEEAC, por abrirnos las puertas del Senasa para que empecemos a trabajar; a Cafas, que con sus aportes resolvimos las partes técnicas del transporte y embarque; y al Senasa, por la objetividad de tener una resolución acorde a las exigencias del mercado actual prevaleciendo el bienestar animal”.

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Borgo: “La Resolución unifica criterios con el objetivo de establecer reglas claras para todo el sector”

Sola: “Básicamente esta nueva norma nos facilita una mayor estandarización del producto”