
Como resultado de las gestiones iniciadas en junio de 2011 por la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC) con el Subsecretario de Transporte de la Nación y el Administrador Federal de Ingresos Públicos, la AFIP ha publicado en su página web la resolución por la cual se incorporando a la carta de porte como campo obligatorio el monto de la tarifa según los kilómetros de recorrido que tiene el flete.
La AFIP informó que se puede acceder a la información necesaria para la solicitud por los distintos canales disponibles, Web con Clave Fiscal, SMS o Telefónico.
La norma resultará de aplicación para todo traslado de granos que se efectúe a partir del próximo 1 de abril; y las Cartas de Porte impresas con anterioridad que no hayan sido utilizadas a esa fecha y no se les hubiere asignado el Código de Trazabilidad de Granos «CTG», deberán ser reimpresas.
Las Cartas de Porte a las cuales se les hubiere asignado el Código de Trazabilidad de Granos «CTG», con anterioridad al 1 de abril de 2012, deberán ser anuladas.
Más información:
http://www.afip.gob.ar/genericos/novedades/cartaDePorte2012.asp
http://www.boletinoficial.gov.ar/Inicio/Index.castle
Depto. de Prensa y Difusión de la FADEEAC



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