RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN
Rutas Nacionales y de la Provincia de Buenos Aires

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) establece la restricción a la circulación de los vehículos de las categorías N2, N3, O, O3 y O4 – es decir más de 3.500 kg – por las rutas nacionales conforme a las fechas y horarios que informamos más abajo.

La Agencia Provincial de Transporte de la Provincia de Buenos Aires establece periódicamente restricciones a la circulación de vehículos de transporte de cargas de peso bruto mayor a 7 toneladas principalmente en las rutas provincias de acceso a los balnearios de la Costa Atlántica.

Próximas fechas con restricción a la circulación:

Restricción en Rutas Nacionales por Sentido de Circulación:

Esté preparado y lleve los equipos de emergencia y protección personal necesarios!

RUTA NACIONAL 27 de marzo 2024 28 de marzo 2024 2 de abril 2024
Autopista BS.AS. – La Plata; Autopista Ricchiere; Acceso Oeste; Acceso Norte Restricción mano ascendente de 18 a 20:59 Restricción mano ascendente de 7 A 9:59 Restricción mano descendente de 18 a 20:59
RN 3 Restricción de ambas manos entre Lomas del Mirador y Bahía Blanca de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos entre Lomas del Mirador y Bahía Blanca de 7 A 9:59 Restricción de ambas manos entre Lomas del Mirador y Bahía Blanca de 18 A 20:59
RN 5 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 7 Restricción de ambas manos desde Junín a Villa Mercedes y desde Desaguaderos a Límite Internacional de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos desde Junín a Villa Mercedes y desde Desaguaderos a Límite Internacional de 7 A 9:59 Restricción de ambas manos desde Junín a Villa Mercedes y desde Desaguaderos a Límite Internacional de 18 A 20:59
RN 8 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 9 Restricción de ambas manos desde Totoral  hasta La Quiaca        18 A 20:59 Restricción de ambas manos desde Totoral  hasta La Quiaca           7 A 9:59 Restricción de ambas manos desde Totoral  hasta La Quiaca        18 A 20:59
RN 11 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN  12 Restricción de ambas manos entre  Ceibas hasta Puerto Iguazú  de  18 A 20:59 Restricción de ambas manos entre  Ceibas hasta Puerto Iguazú  de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos entre  Ceibas hasta Puerto Iguazú  de  18 A 20:59
RN 14 Restricción de ambas manos entre Paso de los libres hasta Bernardo de Irigoyen, Misiones de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos entre Paso de los libres hasta Bernardo de Irigoyen, Misiones de 7 A 9:59 Restricción de ambas manos entre Paso de los libres hasta Bernardo de Irigoyen, Misiones de 18 A 20:59
RN 16 Restricción de ambas manos desde Makalle hasta Metán 18 A 20:59 Restricción de ambas manos desde Makalle hasta Metán        7 A 9:59 Restricción de ambas manos desde Makalle hasta Metán 18 A 20:59
RN 19 Restricción de ambas manos desde San Francisco hasta Córdoba de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos desde San Francisco hasta Córdoba de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos desde San Francisco hasta Córdoba de 18 A 20:59
RN 20 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 22 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 33 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 34 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 35 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 38 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 40 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 105 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 143 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 144 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 146 Restricción de ambas manos desde límite provincial con la Provincia de San Luis hasta San Rafael de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos desde límite provincial con la Provincia de San Luis hasta San Rafael de 7 A 9:59 Restricción de ambas manos desde límite provincial con la Provincia de San Luis hasta San Rafael de 18 A 20:59
RN 149 Restricción de ambas manos desde Uspallata a Límite con la Provincia de San Juan de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos desde Uspallata a Límite con la Provincia de San Juan de 7 A 9:59 Restricción de ambas manos desde Uspallata a Límite con la Provincia de San Juan de 18 A 20:59
RN 151 Restricción de ambas manos desde Santa Isabel hasta Puente Dique 25 de Mayo (183 Km) de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos desde Santa Isabel hasta Puente Dique 25 de Mayo (183 Km) de 7 A 9:59 Restricción de ambas manos desde Santa Isabel hasta Puente Dique 25 de Mayo (183 Km) de 18 A 20:59
RN 152 Restricción de ambas manos desde Padre Angel Buodo (cruce RN35) hasta Casa de Piedra (292 Km) de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos desde Padre Angel Buodo (cruce RN35) hasta Casa de Piedra (292 Km) de 7 A 9:59 Restricción de ambas manos desde Padre Angel Buodo (cruce RN35) hasta Casa de Piedra (292 Km) de 18 A 20:59
RN 154 Restricción de ambas manos desde Intersección RN 35 hasta La Adela (137 Km) de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos desde Intersección RN 35 hasta La Adela (137 Km) de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos desde Intersección RN 35 hasta La Adela (137 Km) de 18 A 20:59
RN 158 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 174 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 188 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 205 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 226 Restricción de ambas manos desde Balcarce hasta Gral. Villegas de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos desde Balcarce hasta Gral. Villegas de 7 A 9:59 Restricción de ambas manos desde Balcarce hasta Gral. Villegas de 18 A 20:59
RN 231 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos de  7 A 9:59 Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 232 Restricción de ambas manos desde Intersección RN 152 hasta Gobernador Duval (76 Km) de 18 A 20:59 Restricción de ambas manos desde Intersección RN 152 hasta Gobernador Duval (76 Km) de 7 A 9:59 Restricción de ambas manos desde Intersección RN 152 hasta Gobernador Duval (76 Km) de 18 A 20:59

Restricción en Rutas de la Provincia de Buenos Aires por Sentido de Circulación:

FECHA HORARIO SENTIDO DE FLUJO VEHICULAR
Miércoles 27 de marzo de 2024 De 14:00 a 23:59 ASCENDENTE (SALIDA)
Jueves 28 de marzo de 2024 De 06:00 a 14:00 ASCENDENTE (SALIDA)
Martes 2 de abril de 2024 De 14:00 a 23:59 DESCENDENTE (REGRESO)

     

Ruta Provincial con Restricción por Tramo:

RUTA PROVINCIAL            TRAMO
Autopista Bs.As. – La Plata Desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el km. 40,5 del Ramal Buenos Aires – Mar del Plata (por desvío en peaje Hudson)
RP N.º 2 (Autovía 2) Desde Km. 40,5 del Ramal Bs.As. – Mar del Plata de la Autopista Buenos Aires – La Plata hasta el Km 400 (Camet)
RP N.º 11 Desde intersección con RP N.º 36 (Pipinas) hasta el Km. 537 (Chapadmalal)
RP N.º 36 Desde Rotonda RP N.º 10 (Prolongación Av. 66 ‐ La Plata) hasta la intersección con RP Nº 11 (Pipinas)
RP N.º 56 Desde su intersección con la RP N.º 11 (Gral. Conesa) hasta su intersección con la RP N.º 74 (Gral. Madariaga)
RP N.º 63 Desde Distribuidor de Transito con RP N.º 2 (Dolores) hasta Intersección con RP N.º 11 (Esquina de Crotto)
RP N.º 74 Desde su intersección con la RP N.º 56 (Maipú) hasta su intersección con la RP N.º 11 (Pinamar)
RP N.° 88 Desde la intersección con la RP Nº 2 y la RP Nº 226 (Gral. Pueyrredón) hasta Quequén (Necochea)

Excepciones de la restricción:

Se exceptúa de la restricción a los vehículos que a continuación se detallan:

  • Transporte de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados;
  • Transporte de animales vivos;
  • Transporte de productos frutihortícolas en tránsito;
  • Transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual;
  • Atención de emergencias;
  • Asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado y en regreso en vacío;
  • Cisterna de traslado de combustibles, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo;
  • Transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos;
  • Transporte de medicinas;
  • Transporte a depósito final de residuos sólidos urbanos;
  • Transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
  • Transporte de sebo, hueso y cueros