ACTA

 

En la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, en la Sede de la Asociación Latinoamericana de Integración – ALADI-, entre los días 29 de Noviembre y 1º de Diciembre de 2010, se celebró la XII Reunión de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre (Comisión del Artículo 16), con la presencia de representantes de los Organismos Nacionales Competentes de Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay. La relación de los participantes se incluye como Anexo I de la presente Acta.

El Acto de Apertura contó con la presencia del Señor Secretario General a. i. de la ALADI, Ec. Oscar Quina y del Jefe del Departamento de Integración Física y Digital Lic. Roberto França. En sus palabras de bienvenida, el Secretario General destacó la importancia del evento y  el rol que el Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre, soporte jurídico de dos modos clave como lo son el carretero y el ferroviario, ha tenido como elemento integrador y facilitador del comercio en la región. Hizo mención asimismo, con relación a ese último objetivo, a los esfuerzos que ALADI  viene realizando para la informatización de la documentación  de comercio internacional, en particular a los avances en la certificación digital de origen, dando por inauguradas las deliberaciones.

El jefe de la delegación de Uruguay, Sr. Felipe Martín, dio también la bienvenida a las delegaciones presentes, agradeció la hospitalidad de ALADI y saludó a dicha Asociación por sus cincuenta años, lo que fue compartido por todas las delegaciones presentes.

Por su parte, el Lic. Roberto França ofreció a las delegaciones mayor información sobre los avances logrados por la ALADI en materia certificación digital y propuso proceder, como es de estilo,  a la designación de presidente y relator de la reunión.

A propuesta de la delegación de Argentina se eligió como Presidente de la Reunión al Lic. Pablo Ortiz Méndez, jefe de la delegación de Chile, quien agradeció la confianza que nuevamente se depositaba en su persona. Se eligió también a Uruguay para la Relatoría, para la que se designó al Ing. Javier Garagorry.

Al comienzo de las deliberaciones, se aprobó con carácter general el temario que hiciera llegar a los países la Secretaría General de la ALADI. El mismo se adjunta como Anexo II a la presente acta. Se acordó asimismo, que en paralelo al plenario, se reunieran los integrantes de las delegaciones en las temáticas ferroviaria y aduanera, para avanzar en el tratamiento de esos puntos específicos.

A) TEMAS GENERALES

1.- Estado de situación de la suscripción del protocolo adicional que recoge las modificaciones al Acuerdo acordadas en la XI Reunión, actualmente en trámite

La Secretaría General de ALADI informó que a efectos de iniciar el trámite de suscripción del protocolo adicional con los ajustes consolidados en la XI Reunión, con fecha 11 de agosto de 2010 dirigió la nota ALADI/SUBSE-LC Nº 274/2010 a las Representaciones Permanentes de los países signatarios del ATIT con el texto correspondiente, no habiendo recibido comentarios hasta el momento.

Los Organismos Nacionales Competentes de los países presentes, manifestaron no haber recibido consultas de sus respectivas Cancillerías al respecto, sugiriéndose que en futuros trámites similares, simultáneamente con el envío de la documentación a las representaciones permanentes de los países, ALADI comunique a los respectivos Organismos Nacionales Competentes, que se ha cursado tal comunicación, a efectos de agilizar el proceso.  

Luego de un intercambio de ideas, con el objetivo de facilitar el proceso de suscripción del protocolo adicional, se acordó revisar el texto de cada uno de los artículos recogidos en el Proyecto de Protocolo Adicional al ATIT, con lo acordado en la XI Reunión, tanto en su versión en idioma español como en portugués, tratando de asegurar la consistencia entre ambas.

Artículo 4 numeral 1
: Sin observaciones

Artículo 7
: Sin observaciones

Artículo 9
: Por consistencia entre ambas versiones, se sustituyó en la versión en español “Esta documentación no se podrá retener…” por “Tales documentos no se podrán retener…”

Artículo 19
: Sin observaciones

Artículo 22
: numerales 4 y 5: Sin observaciones

Artículo 24
: Por consistencia entre ambas versiones, se agregó en la versión en portugués, al final del literal b) del numeral 1, a continuación de “intimaçao”, “que seja efetuada para qualquer efeito”. Asimismo, en el numeral 2 de la misma versión, se sustituyó “obviar” por “dispensar”.

Artículo 25
: Sin observaciones.

Artículo 26
: numeral 2 de la versión en portugués:  se corrigió error en la palabra “bilateralmente”. Asimismo, por consistencia con la versión en español, se sustituyó en la parte final de dicho numeral, “caducará na data em que for concedida ou denegada a licença complementar definitiva” por “caducará quando for concedida ou negada a licença complementar definitiva”.

Artículo 29
: Sin observaciones

Artículo 30
: Sustitución “cotas” por “rotas”: Sin observaciones

Artículo 31
: Sin observaciones

Artículo 35
: Sin observaciones

Artículo 58
: Sin observaciones

Artículo 13 del Anexo “Asuntos Aduaneros”
Por consistencia con la versión en español, se sustituyó  “são de pleno direito garantia” por “constituem-se de pleno direito como garantia”, en la versión en portugués.

Apéndice 1:
Se observó que las modificaciones que en la XI Reunión se plantearon realizar en el texto aprobado en la VII Reunión realizada en Mar del Plata en el año 2003, deberían hacerse sobre el modelo bilingüe consensuado en el VIII Reunión realizada en Montevideo en el año 2004. En ese sentido,  se incluyeron los textos  “Certificado de permiso originario N°…de” en la versión en español y  “Certificado de licença originária N°…… de” en la versión en portugués, así como “Anexo al certificado de permiso originario N° … de” en la versión en español y “Anexo ao certificado de licença originária N° … de ” en la versión en portugués.

Asimismo, para lograr mayor coherencia con el texto en español,  se sustituyó en la versión en portugués “infra-assinada” por “que subscreve” luego de “A autoridade competente”. También se corrigió el error en la palabra carrocería y se dejó sólo “placa o matrícula” en el texto en portugués. Por último, se sustituyó “multilateral” por “bilateral en tránsito” o “bilateral em trânsito” en las versiones en español y portugués respectivamente, por entenderse que si bien se menciona en el ATIT la posibilidad de realizar acuerdos multilaterales, los tráficos son bilaterales, ya sea por frontera común o en tránsito.

Apéndice 2:
Sin observaciones.

Apéndice 4
: Por consistencia con la versión en español, en la versión en portugués se corrigieron las aclaraciones a los datos: Individualizaçao do vehículo, Itinerario da viagem y Pontos de fronteira a serem utilizados, por: “(tipo, marca e placa)”, “(origen, destino e pontos intermediários)” e “(ida e volta)”, respectivamente. Asimismo, en ambas versiones se sustituyó la frase “Fechas aproximadas entre las que se efectuará el viaje (salida y llegada)” y “Datas em que se efetuará a viagem (saída, chegada)”, por: “Período en que se efectuará el viaje (fecha de salida y fecha de llegada)” y “Período em que se efetuará a viagem (data de saída e data de chegada)”, respectivamente.

Apéndice 5
: En la versión en portugués, en la primera línea del numeral 1, deberá agregarse una coma luego de “país” y luego de “empresa”. En la aclaración respecto a la “Vigencia da licença”, deberá decir “(que não poderá ser superior a 6 meses)” y en el item siguiente, deberá decir “justificativa da ocasionalidade”. También se acordó sustituir, en la versión en español, en la aclaración respecto a “Vigencia del permiso”, “mayor” por “superior”, quedando en consecuencia “que no podrá ser superior a 6 meses”

Apéndice 6
: Se entendió conveniente para la mejor comprensión del texto, tanto en idioma español como en portugués, invertir parte del mismo. En ese sentido, en  lugar de “comunica a la autoridad de aplicación de ___________que a la empresa ______le ha sido renovado su permiso originario Nº _______con vigencia hasta el (día)/(mes)/(año)” deberá decir “comunica a la autoridad de aplicación de ___________que ha sido renovado el permiso originario Nº ____ de la empresa ______ con vigencia hasta el (día)/(mes)/(año)”.

En la versión en portugués el nuevo texto asociado al anterior quedará:

“comunica à autoridade de aplicaçâo de _________que foi renovada a licença originária Nº _____da empresa______com vigência até o (dia)/(mês)/(ano)”.

El Proyecto de Protocolo Adicional Revisado se agrega como Anexo III.

2. Propuestas de modificación

Conforme a lo coordinado en la X Reunión, se consideraron las propuestas de modificación del ATIT comunicadas con al menos 60 días de antelación a la fecha de la presente reunión, destacándose que en esa situación se encontraban las propuestas realizadas por la delegación de Brasil vinculadas al tema ferroviario.

B) TRANSPORTE FERROVIARIO

3.- Informe sobre propuestas de modificación del Capítulo ferroviario y sobre gestiones realizadas para impulsar una instancia de análisis de políticas en la materia

En la reunión de trabajo sobre el tema ferroviario estuvieron presentes delegados de Brasil, Chile y Uruguay. El acta de la misma se incluye como Anexo IV. La propuesta recibida de la delegación argentina se incorpora en Anexo V.

La delegación de Brasil hizo referencia a que si bien su propuesta refiere a modificación de artículos ya existentes en el capítulo ferroviario del ATIT, no se ha logrado hasta el momento un amplio pronunciamiento de los países al respecto, siendo necesario asimismo visualizar una revisión de mayor alcance y profundidad. En ese sentido, sugirió que se distribuya nuevamente su propuesta a las delegaciones y habilitar un tiempo adicional para la reflexión, retomando el tratamiento del tema en la próxima reunión.

Las delegaciones coincidieron en la conveniencia de hacer llegar las propuestas de Brasil y Argentina a todos los países, solicitándose asimismo a la delegación de Brasil un mayor detalle en  la justificación de las modificaciones.

C) ASUNTOS ADUANEROS

4.- Informe del subcomité de Procedimientos Aduaneros de MERCOSUR

5.- Reforma del Anexo I Aspectos Aduaneros

La Comisión de Asuntos Aduaneros presentó su informe al plenario haciendo mención a que en esta oportunidad se revisaron los artículos y las propuestas de modificación del Anexo I, teniendo en cuenta lo acordado en la XI Reunión de la Comisión del Art. 16 del ATIT y el documento elaborado en la LXVI Reunión del CT 2 “Asuntos Aduaneros” de la CCM, aportado por los Estados Partes del MERCOSUR.

El Acta de dicha Comisión y el Proyecto de modificación del Anexo 1 – Asuntos Aduaneros en versiones en idioma español y portugués se incluyen en Anexo VI.

Las delegaciones acordaron remitir el referido proyecto a todos los organismos nacionales competentes del ATIT y a través de ellos a las autoridades aduaneras respectivas solicitándoles el análisis de dicho documento y procurando la presencia de representantes aduaneros de todos los países signatarios en la próxima reunión.

6.- Propuesta de Brasil sobre modificación del artículo 13 del Anexo I – Aspec
tos Aduaneros, para permitir la presentación de garantías adicionales a los vehículos utilizados en el transporte internacional

Con relación a este punto se coincidió en que el mismo fue objeto de acuerdo en la XI reunión.

D) SEGUROS

7.- Seguro Obligatorio de Accidentes para Vehículos de Tránsito Internacional Terrestre

Se trata de una propuesta efectuada por la delegación de Perú. No estando presente en esta instancia, se acordó incluir su tratamiento en el temario de la próxima reunión.

8.- Propuesta de Brasil para modificación del artículo 13 del ATIT que establece la obligatoriedad de contratar el seguro para el transporte internacional por carretera

La delegación de Brasil señaló que realizará una propuesta para la próxima reunión, por lo que
el tema se incluirá en el temario de la misma.

E) ASUNTOS MIGRATORIOS

9.- Propuesta de Brasil sobre aspectos migratorios. Eliminación de los artículos que mencionan y exigen la libreta de tripulante terrestre

Luego de un primer intercambio de opiniones sobre el tema, las delegaciones presentes confirmaron lo expresado en la reunión anterior, en cuanto a la no implementación de la libreta de tripulante en sus respectivos países y su inclinación por la derogación de tal requisito. Asimismo coincidieron en la conveniencia de revisar la totalidad del Anexo II (Asuntos Migratorios), en la medida en que parecería haber perdido vigencia frente a avances en la materia registrados en otros ámbitos. En particular, la delegación de Paraguay reiteró que la Decisión CMC Nº 18/08 del MERCOSUR que refiere a los documentos de viaje, no hace mención alguna a la libreta de tripulante. En Anexo VII de la presente acta se agrega copia de dicha Decisión.

Las delegaciones coincidieron en que no estando presentes las delegaciones de Bolivia y Perú y en la medida en que en su mayoría no se cuenta con delegados de los organismos de Migración, el tema sea tratado en la próxima reunión.

En ese sentido, a efectos de que pueda adoptarse un pronunciamiento en esa instancia, se acordó concurrir a la misma con delegados de las oficinas de migración, o en su defecto hacerlo con una posición elaborada, tanto en lo referente a la posibilidad de eliminar las referencias a la libreta de tripulante como respecto al mantenimiento de los restantes artículos del Anexo II.

F) ASUNTOS VARIOS

1.- Artículo 25 del ATIT

La delegación de Uruguay hizo referencia a que aún cuando los países ya están aplicando, en muchos casos, lo previsto en la redacción del Artículo 25 del ATIT que se incluye en el proyecto de protocolo, debería coordinarse a efectos de que, por el plazo que requiere la tramitación del permiso complementario, no exista desfasaje entre la fecha de vencimiento del permiso originario y la del complementario, aún cuando el ATIT establece que será otorgado en iguales términos.

En ese sentido, se acordó que el vencimiento del permiso complementario se ajuste a la fecha de vencimiento del permiso originario.

Las delegaciones acordaron tratar en la próxima Reunión de la Comisión el tema referido a la antelación con la cual deberían realizarse las comunicaciones de prórroga de vigencia del permiso originario a efectos de prorrogar el permiso complementario.

2.- Numeral 3 del Artículo 26 del ATIT

Conforme a lo recogido en el acta de la XI Reunión, se retomó el análisis del numeral 3 del artículo 26 que refiere al procedimiento de otorgamiento del permiso complementario, cuya desactualización se había observado. Las delegaciones presentes, confirmaron que no se ha empleado dicho procedimiento, generándose en cada país una resolución luego de la verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos.

En consecuencia, se acordó su eliminación. En ese sentido, se solicitó a la Secretaría General de la ALADI encaminar dicha modificación en el Acuerdo, incorporándolo en el Proyecto de Protocolo Adicional que se adjunta a la presente Acta. (Anexo III)

3.- Numeral 3 del Artículo 24 del ATIT

La delegación de Brasil reiteró el interés que manifestó en la XI Reunión respecto a definir el alcance de la figura del representante legal, y en particular, a que la responsabilidad del mismo alcanzara también las multas de transporte.

A efectos de contribuir al estudio del tema, la Secretaría General de la ALADI elaboró un documento que analiza la legislación civil y comercial del representante legal en los diferentes países, del cual hizo entrega a las delegaciones. Al respecto se acordó que los aportes al mismo que puedan realizar las delegaciones, los hagan llegar a la Secretaría General de la ALADI, de modo de que pueda ser tenido como documento de base para la próxima reunión. Sin perjuicio de lo anterior, la delegación de Brasil entregó copia de la Ley Nº4886 de 1965, a los efectos de ser incorporado al documento elaborado por la ALADI.

Las delegaciones de Argentina, Chile, Paraguay y Uruguay manifestaron que oportunamente enviarán legislación específica sobre la materia.

La delegación de Brasil agradeció el trabajo realizado y adelantó que elaborará una propuesta para analizar en la próxima reunión, por lo que se acordó incorporar el punto en el temario de la misma.

4.- Artículo 6 del Anexo III (Seguros)

La delegación de Brasil advirtió que a los efectos de tener total correspondencia entre las versiones en español y en portugués del artículo 6 del Anexo III (Seguros) del ATIT, debería agregarse una coma en esta última versión luego de la palabra “contratual”, lo que fue compartido por las demás delegaciones.

A efectos de la incorporación de dicho ajuste al texto del Acuerdo, según lo sugerido por la Secretaría General de ALADI, se optaría por tramitar un acta de rectificación.

5.- Propuesta de la delegación argentina: Modificaciones a los artículos 24, 19 y 22

La delegación argentina presentó una propuesta de modificación de los artículos 24, 19 y 22 que se incorpora en ANEXO VIII, a efectos de su tratamiento en la próxima reunión.

La primera de ellas pretende complementar lo establecido en el nuevo texto propuesto para el artículo 24, buscando dar una rápida solución a aquellos casos en los que por renuncia de su representante legal o revocación de su mandato, una empresa queda sin  representante.

Luego de un intercambio de opiniones, se coincidió en tratar el punto en el marco general de la temática del representante legal que se encuentra pendiente, que incluye asimismo lo referente al pago de multas.

Atento a la vinculación de estos do
s últimos aspectos, se acordó que para la próxima reunión, se presenten propuestas sobre eventuales ajustes  que pudiera requerir el Protocolo Adicional al ATIT sobre Infracciones y Sanciones con relación al representante legal.

La propuesta de modificación del artículo 19 pretende introducir la consideración del transporte propio de pasajeros, atendiendo a una realidad  que se presenta con cierta frecuencia en el caso de universidades, organismos, etc.

Las delegaciones coincidieron en la conveniencia de analizar el tema, por lo que se acordó su inclusión en la agenda de la próxima reunión.

La propuesta de modificación del artículo 22 numeral 4 pretende dar mayor formalidad a aquellos casos en los que se producen transferencias de empresas, estableciendo la necesidad de emitir un nuevo permiso originario.

Al respecto, se acordó incluir el tema en la agenda de la próxima reunión, quedando la propuesta como un borrador de trabajo.

6.- Validez de las inspecciones realizadas en otro país

La delegación de Brasil presentó una propuesta de incorporar un párrafo adicional al artículo 32, con el ánimo de contemplar la situación de aquellas empresas que realicen la inspección técnica de algún vehículo en plantas ubicadas en un país distinto al de origen. La propuesta, que se incluye en el Anexo IX será considerada para la próxima reunión.

7. Actualización de los valores de las pólizas de seguros

La delegación de Brasil hizo referencia a la propuesta que realizó en el ámbito del SGT5 del MERCOSUR, dirigida a la actualización de las cantidades mínimas a que deben ascender las coberturas otorgadas de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 del Anexo III “Aspectos de Seguros” del ATIT. En ese sentido, siendo esta Comisión el ámbito natural para la consideración del tema, solicitó se trate el mismo en la próxima reunión.

La propuesta se incorpora en Anexo X.     

8.- Sobre los Anexos a las Actas de las Reuniones del Art. 16

La delegación de Argentina propuso que los anexos a las Actas de las reuniones de la Comisión del Art. 16 sean proporcionados en formato electrónico, a los efectos de eliminar la cantidad de papel impreso.

9.- Servicio Público de Transporte de Pasajeros

La delegación argentina planteó la necesidad de que en el ATIT se incorpore un texto para que en la prestación de servicios públicos de pasajeros entre dos o más países los mismos sean prestados entre puntos de un país con destino a puntos del otro país, dentro de la traza autorizada en los respectivos Permisos Originarios y Complementarios, con la prohibición expresa de cabotaje tal como lo define el art. 7 del ATIT.

Más allá de los acuerdos bilaterales que se puedan alcanzar al respecto, se entiende la inclusión entre las normas generales del transporte de pasajeros en el cuerpo del ATIT dejaría sentado el principio de aplicación.

La delegación de Brasil manifestó la necesidad de discutir la operatividad de las líneas de transporte internacional, incluyendo los conceptos de servicios prestados, de puntos intermedios y puntos de parada.

10.- Participación de ALADI como Secretaría del ATIT

La delegación argentina propuso que la Secretaría General de la ALADI actúe como Secretaría del ATIT, buscando de esta manera una participación más formal de dicha Asociación.  En este sentido, las delegaciones acuerdan solicitar a la Secretaría General de la ALADI un informe jurídico que evalúe la pertinencia de su designación como Secretaría del ATIT y la forma en que esta designación se podría materializar, con el objeto que en la próxima Reunión la Comisión del Art. 16 se pronuncie con respecto a este punto.

Por último, se acordó convocar a la XIII Reunión de la Comisión del Artículo 16, con la participación de representantes de las Aduanas, los días 1º, 2 y 3 de junio de 2011 en la Sede de la ALADI, por lo que se instruyó a la Secretaría General de la ALADI efectuar las comunicaciones correspondientes.

Culminada la consideración de los temas propuestos, las delegaciones manifestaron su satisfacción por los avances logrados y coincidieron en reiterar su agradecimiento a la ALADI por la hospitalidad y el apoyo brindado para el desarrollo de la XII Reunión,  luego de lo cual procedieron a suscribir ocho ejemplares originales de la presente Acta.

 

________________________                

Por Argentina

          
__________________________       

Por Brasil

 
__________________________

Por  Chile

 
___________________________                              

Por Paraguay                                                                      

 
____________________________

Por Uruguay

 

ANEXO I

anexo i acta xii com. art. 16
anexo i acta xii com. art. 16 2


ANEXO II

AGENDA TENTATIVA


TEMAS GENERALES

  1. Estado de situación de la suscripción del protocolo adicional que recoge las modificaciones al Acuerdo acoradas en la XI Reunión, actualmente en trámite.
  2. Propuestas de modificación.

 

TRANSPORTE FERROVIARIO

 

  1. Informe sobre propuestas de modificación del Capítulo ferroviario y sobre gestiones realizadas para  impulsar una instancia de análisis de políticas en la materia.

 

ASUNTOS ADUANEROS

  1. Informe del subcomité de Procedimientos Aduaneros de MERCOSUR.
  2. Reforma del Anexo I Aduanero.
  3. Propuesta de Brasil sobre modificación del artículo 13 del Anexo I – Asuntos Aduaneros, para permitir la presentación de garantías adicionales a los vehículos utilizados en el transporte internacional.

 
SEGUROS

  1. Seguro Obligatorio de Accidentes para Vehículos de Tránsito Internacional Terrestre (Propuesta de Perú realizada en la X Reunión de la Comisión del Art. 16.)
  2. Propuesta de Brasil para modificación del artículo 13 del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre – ATIT que establece la obligación de contratar el seguro para el transporte internacional por carretera.

ASUNTOS MIGRATORIOS

  1. Propuesta de Brasil sobre aspectos migratorios: Eliminación de los artículos que mencionan y exigen la libreta del tripulante terrestre.

 

ASUNTOS VARIOS